Listas 69-B Definitivas: cómo desvirtuar oportunamente
Los 30 días hábiles después de la publicación en el DOF son la única ventana real. Aquí te decimos qué hacer y qué evitar.
Editorial Consejero Empresarial3 de mayo de 2026Lectura de 8 minutos
Cuando un cliente aparece en la lista 69-B presunto del DOF, el cronómetro empieza. Tienes 30 días hábiles para presentar la documentación de materialidad, después de lo cual el SAT puede declarar la presunción definitiva con consecuencias graves: los CFDIs emitidos pierden efectos fiscales y los clientes que dedujeron quedan en riesgo de ser EDOS.
El plan de los primeros 5 días
- Día 1-2: Revisar la publicación específica en DOF y SAT
- Día 3-4: Acopiar documentación de las 3 operaciones más grandes
- Día 5: Borrador del escrito de respuesta + lista de pruebas
Lo que NO hay que hacer
Fabricar materialidad ex-post es la trampa más común y la más cara. El SAT detecta documentos creados después de la fecha de la operación con análisis de metadata. Solo documenta materialidad que realmente existió.
