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Estrategia

Listas 69-B Definitivas: cómo desvirtuar oportunamente

Los 30 días hábiles después de la publicación en el DOF son la única ventana real. Aquí te decimos qué hacer y qué evitar.

Editorial Consejero Empresarial3 de mayo de 2026Lectura de 8 minutos

Cuando un cliente aparece en la lista 69-B presunto del DOF, el cronómetro empieza. Tienes 30 días hábiles para presentar la documentación de materialidad, después de lo cual el SAT puede declarar la presunción definitiva con consecuencias graves: los CFDIs emitidos pierden efectos fiscales y los clientes que dedujeron quedan en riesgo de ser EDOS.

El plan de los primeros 5 días

  • Día 1-2: Revisar la publicación específica en DOF y SAT
  • Día 3-4: Acopiar documentación de las 3 operaciones más grandes
  • Día 5: Borrador del escrito de respuesta + lista de pruebas

Lo que NO hay que hacer

Fabricar materialidad ex-post es la trampa más común y la más cara. El SAT detecta documentos creados después de la fecha de la operación con análisis de metadata. Solo documenta materialidad que realmente existió.

Aplicación práctica

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